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Código de conducta

Conductas que se pueden reportar 

  • El incumplimiento flagrante de la legislación en salud.

  • El incumplimiento de los protocolos de gestión y control de medicamentos.

  • Las situaciones que afecten la salud y seguridad de los colaboradores o cualquier otro profesional, cliente, usuario o visitante.

  • El incumplimiento de los estándares de calidad.

  • El incumplimiento de los estándares y protocolos de atención de usuarios (respeto, empatía y trato personalizado).

  • La ausencia de información clara y completa al usuario para la toma de decisiones libres y meditadas.

  • La desatención de la voluntad del usuario.

  • La alteración o registro no fidedigno en la historia clínica.

  • El ocultamiento de incidentes y/o eventos adversos por parte de los colaboradores y/o especialistas.

  • El impedimento, la restricción, la limitación de la libre competencia o la ejecución de conductas de competencia desleal.

  • La infracción a Derechos de Autor o Propiedad Intelectual.

  • La enajenación, transmisión, uso irregular, cesión u ocultamiento de bienes de la empresa para eludir responsabilidades o defraudar a terceros.

  • La infracción o vulneración del secreto profesional o de la normatividad de protección de datos personales o de los deberes de confidencialidad.

  • La utilización de los sistemas de información para fines personales.

  • La instalación de software sin la aprobación del área de sistemas.

  • El acceso a espacios o páginas web que no guarden necesaria relación con la actividad profesional.

  • El registro de información financiera y contable inexacta, falsa o infiel a la situación patrimonial, económica y financiera real de la empresa.

  • La recepción de obsequios, dinero o contraprestación en dinero o especie, que pueda servir para influenciar una decisión de negocio o económica o que pueda reportar un beneficio a alguna de las partes implicadas, incluso cuando se haga a título de préstamo o mutuo.

  • Los conflictos de interés.

  • La toma de decisiones clínicas basadas en criterios diferentes a la evidencia científica y adecuación en el uso de recursos.

  • El uso incorrecto o irresponsable de los equipos, instalaciones, servicios y recursos económicos de la empresa.

  • La entrega, promesa u ofrecimiento de cualquier clase de pago, obsequio o recompensa, ya sea de forma directa o indirecta a través de personas o empresas vinculadas a la Clínica o al Grupo Empresarial, con el fin de influir o tratar de influir para obtener algún tipo de ventaja no justificada, favor o beneficio comercial o administrativo.

  • El lavado de activos o financiación del terrorismo o conducta relacionada con alguno de los delitos fuente.

  • La elusión o evasión de impuestos o cualquier conducta que infrinja las normas fiscales o tributarias.

  • La obstaculización de la actuación de autoridades Judiciales o Administrativas.

  • La discriminación o favoritismo por razón de raza, nacionalidad, origen racial, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opinión política o sindical, religiosa o cualquier otra condición personal, física o social.

  • Las faltas de respeto a los profesionales y equipo de salud, trabajadores, usuarios.

  • El acoso, abuso, intimidación, falta de respeto, consideración o cualquier tipo de agresión física o verbal.

  • El acoso laboral, sexual, psicológico o de cualquier naturaleza entre los profesionales, empleados o hacia los usuarios, clientes o cualquier persona en relación con la Clínica.

  • El uso o amenaza de violencia o coerción.

  • El uso, apoyo o aprobación de la explotación infantil y el trabajo forzoso.

  • El nepotismo.

  • La participación en actividades ilegales o contrarias a los principios del código de conducta y ético.

  • La revelación de información privilegiada sin la autorización del representante legal o la utilización en beneficio propio o de un tercero.

  • El menoscabo de la reputación del grupo empresarial o la Clínica.

  • El transmitir, por iniciativa propia o requerimiento de terceros, cualquier información o noticia sobre el grupo Quirónsalud o la Clínica o sobre terceros a los medios de comunicación.

  • La vulneración del principio de neutralidad política.

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